{"id":4705,"date":"2022-11-16T11:39:45","date_gmt":"2022-11-16T17:39:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.jalifecaballero.com\/es\/?p=4705"},"modified":"2022-11-16T11:39:45","modified_gmt":"2022-11-16T17:39:45","slug":"hora-decisiva-para-la-remuneracion-por-copia-privada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.jalifecaballero.com\/es\/uncategorized\/hora-decisiva-para-la-remuneracion-por-copia-privada\/","title":{"rendered":"Hora decisiva para la remuneraci\u00f3n por copia privada"},"content":{"rendered":"<h2 class=\"primary-font__PrimaryFontStyles-o56yd5-0 heuGTu h4-primary sub-headline\">Se discute una robusta iniciativa para convertir este concepto en un derecho exigible por autores de ciertos tipos de obras.<\/h2>\n<p>Despu\u00e9s de 25 a\u00f1os de que el concepto de la remuneraci\u00f3n por copia privada lleg\u00f3 a nuestra legislaci\u00f3n en materia de derechos de autor, finalmente tenemos enfrente la discusi\u00f3n parlamentaria para decidir respecto de una robusta iniciativa para convertirlo en un derecho exigible por autores de ciertos tipos de obras.<\/p>\n<p>Si tuvi\u00e9semos que hacer un ejercicio de reducci\u00f3n de la problem\u00e1tica involucrada en la iniciativa a sus elementos esenciales, podr\u00edamos decir que consiste en imponer a los productores y comercializadores de dispositivos tecnol\u00f3gicos un pago porcentual de la venta de los mismos en favor de los autores de obras musicales y audiovisuales, como una forma de compensarlos por el disfrute que de sus obras se hace a trav\u00e9s de su reproducci\u00f3n en los equipos. Evidentemente, este pago procede bajo la premisa de que los productores e importadores de dispositivos de este tipo (tablets, laptops, tel\u00e9fonos inteligentes, etc.), incrementan sus ventas gracias a la posibilidad de que los usuarios disfruten de m\u00fasica y videos en los mismos.<\/p>\n<p>Una primera justificaci\u00f3n que respalda la implementaci\u00f3n de la regulaci\u00f3n es la misma que inspira la raz\u00f3n misma de ser de las leyes de derechos de autor, que es la de compensar a los autores por el disfrute de las obras que nos aportan. En este caso la f\u00f3rmula cobra mayor relevancia, si se considera que en general se trata de autores j\u00f3venes que liberan sus obras por medio de redes sociales que las diseminan. Del otro lado, son beneficiarias las industrias productoras de dispositivos que son incrementalmente consumidos por este tipo de motivos. Adem\u00e1s, el mecanismo de pago por copia privada tiene un amplio respaldo en convenios internacionales, y gradualmente se ha convertido en varios pa\u00edses en una de las formas m\u00e1s relevantes de ingreso para grandes sectores de autores.<\/p>\n<p>En el otro extremo de la cadena encontramos la postura de resistencia de parte de las industrias de productores e importadores de dispositivos, que consideran este tipo de cargas como una especie de impuesto entre particulares que no tienen una vinculaci\u00f3n jur\u00eddica directa, ni medio consentimiento entre ellos. Seg\u00fan esta perspectiva, si son los consumidores los que disfrutan de obras, nada justifica que sea impuesto el pago a un producto que cumple una variedad de funciones, no solo la de alojar archivos digitales para m\u00fasica y videos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s \u2013sostienen los que cuestionan la copia privada\u2013, el argumento de que los productores de dispositivos incrementan ventas por la demanda de espacio para descargas es falso, ya que cada vez m\u00e1s la tecnolog\u00eda facilita el disfrute de obras por streaming, es decir, no hay necesidad de aumentar en los dispositivos la capacidad de almacenamiento.<\/p>\n<p>A pesar de que la propia iniciativa pretende minimizar el impacto que tendr\u00eda este pago por copia privada en el costo de los dispositivos, sus fabricantes y comercializadores consideran que no existe otra opci\u00f3n que repercutirlo en el precio final, por lo que ser\u00e1n los consumidores los que habr\u00e1n de absorber el incremento. Todo esto, desde su posici\u00f3n, ser\u00e1 una afectaci\u00f3n directa del derecho de acceso a la cultura.<\/p>\n<p>Es este un tema que por muchos a\u00f1os fue evadido y diferido, por lo que como primer punto debemos reconocer el valor de enfrentar la controversia por m\u00e1s pol\u00e9mica que resulte. Como siempre, construir un sistema balanceado es la \u00fanica respuesta deseable en una ecuaci\u00f3n en la que no es factible seguir lucrando con el trabajo de los autores.<\/p>\n<p>Dr. Mauricio Jalife Daher<\/p>\n<p>Noviembre 16, 2022<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.jalifecaballero.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/Mauricio-min.png\"><img loading=\"lazy\" class=\"size-medium wp-image-2463 alignright\" src=\"https:\/\/www.jalifecaballero.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/Mauricio-min-300x300.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"300\" srcset=\"https:\/\/www.jalifecaballero.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/Mauricio-min-300x300.png 300w, https:\/\/www.jalifecaballero.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/Mauricio-min-150x150.png 150w, https:\/\/www.jalifecaballero.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/Mauricio-min-400x400.png 400w, https:\/\/www.jalifecaballero.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/Mauricio-min-270x270.png 270w, https:\/\/www.jalifecaballero.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/Mauricio-min-600x600.png 600w, https:\/\/www.jalifecaballero.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/Mauricio-min-100x100.png 100w, https:\/\/www.jalifecaballero.com\/wp-content\/uploads\/2020\/01\/Mauricio-min.png 650w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se discute una robusta iniciativa para convertir este concepto en un derecho exigible por autores de ciertos tipos de obras. 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