Pasaron casi 30 años, desde que la regulación de secretos industriales se incluyó en nuestra legislación para que, finalmente, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial decidiera atender procedimientos contenciosos para su protección. Lo que en principio pudiera pensarse que es una medida loable, en la práctica podría generar resultados adversos.

Como se sabe, la figura de secretos industriales, a diferencia de las marcas y las patentes, no requiere de la concesión de un registro, sino que es una consecuencia legal cuando cierta información de una empresa le otorga ventajas competitivas y es debidamente resguardada. Esa diferencia hace que los registros de propiedad industrial no sean los más aptos para determinar la existencia y el alcance de la protección de esta clase de información confidencial. Por esas razones, el IMPI invariablemente, cuando le fueron planteados casos de violación de secretos industriales por vía de competencia desleal, se deslindaba de su tramitación.

Esta figura, a nivel internacional, se ha destacado como una de las que mayor protección ofrece a los activos de las empresas, particularmente en el entorno digital, y a la luz de herramientas tecnológicas tan avanzadas como la inteligencia artificial, el Big data y el blockchain, entre muchas más. No en balde Estados Unidos está escalando las acusaciones contra China, a partir de las evidencias reunidas del robo programado de secretos industriales de sus empresas. Bajo esa perspectiva, la eficacia de la ley para inhibir la apropiación ilegal de secretos industriales se vuelve crítica.

En el caso de México, que es uno de los líderes mundiales en creación de startups digitales, la protección de su información es esencial para dotarlas del necesario blindaje para no ser devoradas por competidores más experimentados, por lo que contar con un marco legal efectivo es más importante que en otros tiempos.

Prueba de esta preocupación es el texto de la nueva ley de propiedad industrial, que entrará en vigor el próximo 5 de noviembre, el cual incorpora dos infracciones administrativas que, finalmente, dan competencia al IMPI para conocer de demandas por secretos industriales. La nueva regulación está orientada a sancionar tanto el robo de información, como el uso de la misma por un competidor. Es una constante que, en esta materia, el patrón recurrente de incidencia se gesta por medio de empleados desleales que roban información para alimentar a empresas competidoras, que son las dos conductas que la nueva ley pretende disuadir.

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