A la polémica NOM-051, que a partir de octubre próximo regulará el uso de sellos frontales de advertencia en alimentos y bebidas procesados, se siguen añadiendo piezas de regulación que amplían sus -ya de suyo-, grandes alcances. De hecho, estas reglas pertenecen a reglamentos que, en el orden jurídico, debieron ser modificados antes de la propia norma de etiquetado, pero que fueron rebasados por la premura en expedir la NOM.