En una decisión por demás controversial, la Segunda Sala de la Suprema Corte determinó conceder una prórroga de 3 años a una patente propiedad de Bayer, de un producto oncológico de elevado precio (sorafenib), cuya vigencia había concluido en enero de este año. Con esta decisión, nuestro máximo tribunal estaría abriendo la puerta para que un beneficio que se contempla en nuestra nueva ley de propiedad industrial, que entra en vigor el día de mañana, se extienda a patentes concedidas conforme a la ley anterior.

Justo en ese punto de interpretación descansa la polémica de este caso. Según el beneficio que nuestra ley hoy reconoce a patentes que sufrieron demoras en su trámite por razones no imputables al solicitante, es procedente otorgar ciertos plazos adicionales para subsanar esa afectación, a razón de un día más de vigencia por cada dos de retraso.

La prórroga de patentes, que ha enfrentado múltiples oposiciones en México y muchos otros países, pretende devolver a los innovadores una parte del tiempo perdido en la tramitación, por un principio elemental de justicia. Sin embargo, dados los altos costos que para el mercado público y privado tienen los medicamentos patentados frente a los genéricos, la decisión no está exenta de rechazo. Además, tratándose de medicinas de padecimientos tan sensibles como el cáncer, la resolución presenta ángulos especialmente críticos.

Si bien el argumento central de la decisión de la Corte emplea los mismos resortes que la nueva ley para compensar la vigencia perdida por la patente debido a su tramitación burocrática, el gran “pero” estriba en dejar fuera de la evaluación a quienes son usuarios directos del medicamento, y futuros beneficiarios con la aparición de genéricos.

Una cosa es la nueva ley, que expresamente consigna el beneficio, y otra muy diferente es la interpretación liberal que la Corte realizó del caso, sentando un precedente que podría llevar a que todas las patentes en similares condiciones pidan su extensión, con las enormes repercusiones que tendrían en la producción de genéricos intercambiables que se encuentran en proceso de preparación para salir al mercado.

El planteamiento que atraviesa el tema transversalmente no es, desde mi punto de vista, si hay o no justicia en alargar la patente de un innovador de un medicamento cuando el Estado ha sido lento en procesar su expediente, y las consecuencias que tiene en el precio la ampliación del monopolio, sino la indispensable seguridad jurídica que debe constituir la base de las decisiones legislativas de política pública, y de la autoridad judicial para hacerlas cumplir. La seguridad jurídica, entendida como la simple capacidad de prever la consecuencia específica de ubicarse en el supuesto de la norma. Así de simple, así de trascendente.

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