La Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Publicidad estaría entrando en la última fase de su efímera existencia.

La tristemente célebre Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Publicidad —apenas en vigor desde junio del 2021—, estaría entrando en la última fase de su efímera existencia dejando algunas importantes lecciones a su paso.

El diagnóstico de la anunciada muerte de este cuerpo normativo proviene de la primera sala de la Corte, que recientemente emitió sentencia confirmando la que previamente un juez de distrito dictó otorgando el amparo en favor de un particular. Para que la resolución confirme la inconstitucionalidad de la ley se requiere que los expedientes que remitan a la Corte sean resueltos en el mismo sentido (lo que es de esperarse), o bien, que las acciones de inconstitucionalidad planteadas desde hace año y medio por la Cofece y por el IFT sean resueltas positivamente.

La realidad es que la ley está ya en estado vegetativo, pero ha dejado a su paso graves daños que llevará años reparar. Según se explicaba en la exposición de motivos de la esotérica normativa, las agencias de publicidad recibían un doble pago por sus servicios, el primero por el diseño de los mensajes y la estrategia de la campaña, y el segundo por la comisión que le pagaba el medio de comunicación elegido. De acuerdo a esta visión, la relación “agencia-medios” se vicia a través del incentivo perverso que supone el pago de la comisión. En su articulado, la normativa pretende imponer el contrato de mandato entre cliente y agencia, como el instrumento que garantice que la agencia limite su actuar, y sus ingresos, a los servicios estrictamente pagados por el cliente, imponiéndole una serie de obligaciones de información y conducta que han distorsionado un mercado que por años creció con esos contrapesos.

Los principales señalamientos que en su momento formuló el sector privado apuntaban a que la legislación se redactó sin conocer la industria, basados en postulados y suposiciones de casos concretos que llevan a generalizaciones fuera de contexto. El principal gravamen de la ley fue la enorme burocracia que generó en todos los jugadores de la industria para administrar las nuevas reglas, incluyendo la pérdida de empleos y el cierre de algunas fuentes de trabajo. La ley ha provocado que recursos que eran productivos sean reconvertidos en gestores de trámites para no incumplirla. Además, la incertidumbre trajo consigo a su vieja compañera de la pausa en las inversiones.

Las lecciones que podemos aprender de esta triste historia es que las anécdotas legislativas tienen altos costos. Las ocurrencias acarrean efectos nocivos que se traducen en falta de inversión, desempleo e inseguridad jurídica. Cuando en un sistema legal una pieza se desajusta o se pretende introducir sin acoplarla al resto, lo que sucede es que su expulsión agrega saldos y raspaduras.

Otra lección importante es que los derechos de libre empresa que consagra la constitución no son meras fórmulas ornamentales, sino parte de nuestro sistema fundacional de generación de riqueza, y que pretender distorsionarlo o limitarlo sin justificaciones ponderadas y razonables es una decisión inoperante.

Dr. Mauricio Jalife Daher

Enero 18, 2023